El acceso telemático al censo estará restringido, previa identificación, a quienes estén en posesión de una licencia federativa y a las entidades que formen parte o estén integradas en la FEP, y así lo soliciten.
Para poder acceder a los censos, se deberá contar con la licencia federativa en vigor. Para las licencias de jugador, será requisito imprescindible que el alta federativa, tramitada a través de la correspondiente federación autonómica, haya sido comunicada a la FEP.
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