Hoy, 12 de julio se ha abierto el plazo de Ayudas para la protección social de los DAN del CSD, para cotizaciones a la Seguridad Social para el se ha dispuesto un fondo de 3 millones de euros.
La finalidad de esta convocatoria es financiar las siguientes ayudas:
- Fomento de la protección social de los DAN, sufragando el coste de las cuotas de Seguridad Social que abonen en 2023 los DAN reconocidos como tales por el CSD para hacer frente a:
- Las cuotas que deban abonar los DAN sujetos al Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, en virtud de una relación laboral regulada por el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, que regula la relación laboral especial de deportistas profesionales. Las ayudas no financiarán la cuota empresarial.
- Las cuotas que deban abonar los DAN por prestar servicios como deportistas profesionales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por haber suscrito el Convenio Especial para Deportistas de Alto Nivel.
Los DAN serán destinatarios de las ayudas entregadas cuando cumplan los siguientes requisitos:
- Que en tal condición se encuentren oficialmente deportistas durante 2023, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento y que no se encuentren sancionados en firme por infracciones en materia de dopaje en algún periodo de cotización subvencionada.
- Que se encuentren afiliados en el Sistema Nacional de en situación de alta en el Sistema de Seguridad Social en alguno de los regímenes indicados en el punto 1 del apartado Primero. Podrán exceptuarse de este requisito a deportistas DAN menores de edad, que soliciten a su Federación las cuotas de los meses del año en curso a partir de que sean mayores de edad.
- Que no desarrollen su actividad deportiva en equipos de fútbol adscritos a clubes y Sociedades Anónimas Deportivas que se encuentren inscritos en la Liga Nacional de Fútbol Profesional, ni en sus equipos de fútbol filial o dependiente (no están afectados por tanto deportistas de otras modalidades deportivas diferentes al fútbol / secciones deportivas).
- Que la práctica deportiva de alto nivel del deportista constituyese la actividad principal de la persona que vaya a disfrutar de la cotización subvencionada, en el momento en que se hubieran obtenido los resultados deportivos que determinan el reconocimiento de la condición de deportista de alto nivel.
- Que cuenten con licencia federativa en vigor de la Federación Española correspondiente en el año en el que se solicita esta ayuda.
- Que en 2022 no hayan obtenido ingresos anuales vinculados a su actividad deportiva o a cualquier otra actividad económica que excedan de 41.689,44 €, es decir, 6 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples de 2022, excluidas las ayudas de contenido económico ajustadas a los programas de preparación establecidos por el CSD con las federaciones deportivas españolas o con los Comités Olímpico y Paralímpico Españoles.
Deportistas que hayan sido sancionados en firme por infracción en materia de dopaje no podrán percibir las ayudas enumeradas en la presente convocatoria
Estarán obligados adicionalmente a notificar inmediatamente a su federación española, cualquier variación en sus datos personales y en su situación profesional o personal que puedan afectar a su cotización a la Seguridad Social, indicando, si existen, las variaciones económicas de pagos a la Seguridad Social mensuales respecto a lo solicitado y concedido.
Se subvencionarán los importes efectivamente cotizados en el Régimen General de la Seguridad Social en el año 2023 por deportistas que acrediten su derecho. En los supuestos de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o de suscripción de Convenio Especial, se subvencionará la totalidad de la cuota hasta un máximo de 299,76 € mensuales.
Solicitudes
La tramitación de estas ayudas corresponde a la Federación Española correspondiente, en este caso, la FEP. Para ello, los deportistas interesados deberán contactar con el departamento de contabilidad (contabilidad@padelfederacion.es) y remitir la siguiente documentación ANTES DEL LUNES 14 DE AGOSTO:
- Solicitudes presentadas por los deportistas.
- Copia del contrato de trabajo, en el caso de deportistas que coticen en el Régimen General.
- Para deportistas en Régimen Especial de Autónomos:
- Consentimiento de la persona deportista para comprobar los datos que la Tesorería General de la Seguridad Social pone a disposición de todas las Administraciones Públicas y Organismos a través de los Servicios de Intercambio de Información.
- El Modelo 036 o certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde conste la situación censal y el epígrafe en el que figura dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) como jugador o deportista en la Sección 3 Actividades Artísticas; Agrupación 04. Actividades relacionadas con el deporte, epígrafes 041 a 047, sólo en el caso en el que el solicitante no autorice que el Consejo Superior de Deportes obtenga de forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos.
- En el caso de deportistas que coticen en el Convenio Especial para Deportistas de Alto Nivel:
- Informe de vida laboral.
- Informe de situación actual del trabajador.
- Informe de cuotas ingresadas.